La Gaceta

El pago de sueldos

TERESA DE RAMAYO

En lo que nos atañe a nosotros, entendemos que con el principio de subsidiariedad, el Estado otorga subsidios a comunidades religiosas, a particulares, cumpliendo con una serie de normativas y de requisitos para que pueda extenderse la educación. En muchos años, el Estado no creó escuelas y esa es la base fundamentalmente de por qué existen los subsidios en educación. Hay criterios de cómo se otorgan, se revocan o se amplían; en fin, el sistema tiene cierta justicia, pero debería ser revisado cada tanto porque hay colegios que hace más de 100 años reciben subsidios y otros a los que nunca les dieron.

Existen normativas de cómo se expiden los subsidios, pero siempre están más al arbitrio político. Hay gente que hace tiempo ha pedido un subsidio, que ha presentado carreras innovadoras, pero duermen los expedientes, no los consideran. En otras épocas, por ejemplo, salían subsidios de la Secretaría de Gobierno o sea, no por las vías normales, que es por Educación, sino que salían por una cuestión política, en algunos casos, bien necesarios, pero por otra parte no se seguía la lógica de todo expediente en educación.

Tenemos una realidad bien diversa, vos tenés escuelas parroquiales que ponen en el edificio, pero si deben pagar los sueldos siempre implicarían cuotas altas y son escuelas que prácticamente no tienen cuota o cobran una cooperadora mínima, esas son las que consideramos gratuitas porque no tienen fines de lucro, ni cuota alta. La Ley de Educación ya creaba las figuras de las escuelas de gestión comunitaria, como una cooperativa o una escuela que pone un sindicato, de gestión social, se llama, y el subsidio es eso: pago de sueldos sobre una nómina bien determinada. Creo en el principio de subsidiariedad, lo que no puede hacer el Estado, lo tienen que organizar y conducir y controlar los privados y también implica poner aportes del Estado.

ECONOMIA Y FINANZAS

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2022-08-08T07:00:00.0000000Z

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